Da 15 General de Telecomunicaciones

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D.A. 15ª. Garantía de los derechos digitales.

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Lo dispuesto en esta ley será sin perjuicio de la aplicación de las medidas que en materia de garantía de los derechos digitales se establecen en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 y en el título X de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-06-2022 en vigor desde 30-06-2022