Da 14 Se modifica la LO. 6/2001, de Universidades
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»D.A. 14ª. Estatuto del estudiante universitario.
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno aprobará el Estatuto del estudiante universitario previsto en el artículo 46.5 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, en la redacción dada por esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-04-2007 en vigor desde 03-05-2007