Da 14 Financiacion de los partidos politicos
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 14ª. Rango de ley ordinaria.
Tienen carácter de ley ordinaria el Título III y las disposiciones adicionales primera, segunda, tercera, cuarta y quinta.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 14ª, se añade) por Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos, por la que se modifican la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los Partidos Políticos, la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos y la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas.
(BOE de 31-03-2015) en vigor desde 01-04-2015 - Texto Original. Publicado el 05-07-2007 en vigor desde 01-04-2015