Da 13 Apoyo a los emprendedores y su internacionalización
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»D.A. 13ª. Llevanza electrónica de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.
La obligación de llevanza en formato electrónico de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, de conformidad con el artículo 19 de esta Ley, será efectiva en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-09-2013 en vigor desde 29-09-2013