Da 11 Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público
D.A. 11ª. Conflictos de atribuciones intraministeriales.
1. Los conflictos positivos o negativos de atribuciones entre órganos de un mismo Ministerio serán resueltos por el superior jerárquico común en el plazo de diez días, sin que quepa recurso alguno.
2. En los conflictos positivos, el órgano que se considere competente requerirá de inhibición al que conozca del asunto, quien suspenderá el procedimiento por un plazo de diez días. Si dentro de dicho plazo acepta el requerimiento, remitirá el expediente al órgano requirente. En caso de considerarse competente, remitirá acto seguido las actuaciones al superior jerárquico común.
3. En los conflictos negativos, el órgano que se estime incompetente remitirá directamente las actuaciones al órgano que considere competente, quien decidirá en el plazo de diez días y, en su caso, de considerarse, asimismo, incompetente, remitirá acto seguido el expediente con su informe al superior jerárquico común.
4. Los interesados en el procedimiento plantearán estos conflictos de acuerdo a lo establecido en el artículo 14.
- Texto Original. Publicado el 02-10-2015 en vigor desde 02-10-2016