Da 11 Desplazamiento de t...nsnacional

D.A. 11ª. Comunicación de desplazamiento de las empresas establecidas en terceros países.

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 11ª. Comunicación de desplazamiento de las empresas establecidas en terceros países.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Cuando las empresas establecidas en terceros países a que se refiere el artículo 18.3 no tengan permitido utilizar el formulario multilingüe estándar de la interfaz pública conectada al Sistema de Información del Mercado Interior (IMI) para la realización de la comunicación de desplazamiento prevista en el artículo 22.1, tales empresas realizarán esta comunicación por medios electrónicos ante la autoridad laboral española competente por razón del territorio donde se inicie o finalice el servicio en España. En el caso de un transporte de cabotaje, la comunicación se realizará ante la autoridad laboral española competente por razón del territorio donde se inicie el servicio.