Da 1 Suscripción de conve...s externas

Da 1 Suscripción de convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 1ª. Delegación de competencias en el Instituto Social de la Marina.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Cuando las prácticas formativas que se acrediten para la suscripción del convenio especial regulado en esta orden se hubieran realizado a bordo de embarcaciones, el Instituto Social de la Marina tramitará y formalizará dicho convenio, por delegación de la Tesorería General de la Seguridad Social, en los términos en ella establecidos.

2. A tal efecto, en la certificación prevista en el ordinal 1.º del artículo 3 deberá constar expresamente, junto a los otros datos en él indicados, que las prácticas formativas se realizaron a bordo de embarcaciones.

Si los períodos de prácticas formativas a que se refiere esta disposición adicional concurriesen con otros no realizados a bordo de embarcaciones, la competencia para tramitar y formalizar el convenio especial corresponderá a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-05-2024 en vigor desde 01-06-2024