Da 1 Reglamento de funcionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros
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»D.A. 1ª. Sala de inadmisión.
Las salas de inadmisión en que permanezcan los extranjeros en espera del regreso a su punto de origen por haberles sido denegada la entrada en España, se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sin que les sean de aplicación las previsiones de este reglamento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-03-2014 en vigor desde 16-03-2014