Da 1 Ley de Sociedades de Capital

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D.A. 1ª. Prohibición de emitir obligaciones.

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Las personas físicas y las sociedades civiles, colectivas y comanditarias simples, no podrán emitir ni garantizar la emisión de obligaciones u otros valores negociables agrupados en emisiones.

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  • Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 01-09-2010