Da 1 Empresas de Trabajo Temporal -ETTs-
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»D.A. 1ª.
En todo lo no previsto en la presente Ley se aplicará la legislación laboral y de seguridad social a las relaciones existentes entre la empresa de trabajo temporal y el trabajador, y entre éste y la empresa usuaria, y la legislación civil y mercantil a las relaciones entre la empresa de trabajo temporal y la empresa usuaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-06-1994 en vigor desde 22-06-1994