Da 1 Educación

Da 1 Educación

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Calendario de aplicación de la Ley.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, aprobará el calendario de aplicación de esta Ley, que tendrá un ámbito temporal de cinco años, a partir de la entrada en vigor de la misma. En dicho calendario se establecerá la implantación de los currículos de las enseñanzas correspondientes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-05-2006 en vigor desde 24-05-2006