Da 1 Autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica
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»D.A. 1ª. Carácter de legislación básica.
Esta Ley tiene la condición de básica, de conformidad con lo establecido en el artículo 149.1.1.ª y 16.ª de la Constitución.
El Estado y las Comunidades Autónomas adoptarán, en el ámbito de sus respectivas competencias, las medidas necesarias para la efectividad de esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-11-2002 en vigor desde 16-05-2003