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Corrección de errores de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público., - Boletín Oficial del Estado, de 23-12-2015

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Ambito: BOE

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 306

F. Publicación: 23/12/2015

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Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 306 de 23/12/2015 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 236, de 2 de octubre de 2015, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 89444, en la letra g) del artículo 49, donde dice: «g) El régimen de modificación del convenio. A falta de regulación expresa la modificación el contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes», debe decir: «g) El régimen de modificación del convenio. A falta de regulación expresa la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes».

En la página 89460, apartado 3 del artículo 81, donde dice: «Los organismos y entidades vinculados o dependientes de la Administración autonómica y local se regirán por las disposiciones básicas de esta ley que les resulten de aplicación, y en particular, por lo dispuesto en los Capítulos I y IV y en los artículos 129 y 134, así como por la normativa propia de la Administración a la que se adscriban.», debe decir: «Los organismos y entidades vinculados o dependientes de la Administración autonómica y local se regirán por las disposiciones básicas de esta ley que les resulten de aplicación, y en particular, por lo dispuesto en los Capítulos I y VI y en los artículos 129 y 134, así como por la normativa propia de la Administración a la que se adscriban.».

En la página 89462, apartado 3 del artículo 84, donde dice: «Las universidades públicas no transferidas se regirán por lo dispuesto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre que les sea de aplicación y lo dispuesto en esta ley en lo que no previsto en su normativa específica.», debe decir: «Las universidades públicas no transferidas se regirán por lo dispuesto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, que les sea de aplicación y por lo dispuesto en esta ley en lo que no esté previsto en su normativa específica.».