Articulo 98 Medidas de respuesta a consecuencias de la Guerra de Ucrania y transposición de Directivas en materia de sociedades y conciliación
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»Artículo 98. Proyecto de transformación.
El proyecto contendrá, además de las menciones enumeradas en las disposiciones comunes, las siguientes:
1.º La forma jurídica, razón social y domicilio social propuestos para la sociedad transformada en el Estado de destino.
2.º La escritura de constitución de la sociedad en el Estado de destino, en su caso, y los estatutos sociales si fueran objeto de un acto separado.
3.º Cualquier tipo de incentivo o subvención recibido, en su caso, por la sociedad en España en los últimos cinco años.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-2023 en vigor desde 30-06-2023