Articulo 98 Entidades de ...po cerrado

Articulo 98 Entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado

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Artículo 98. Sanciones por infracciones leves.

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Por la comisión de infracciones leves se impondrá a la sociedad gestora multa por importe de hasta 60.000 euros.

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  • Texto Original. Publicado el 13-11-2014 en vigor desde 14-11-2014