Articulo 97 Derecho civil vasco

Articulo 97 Derecho civil vasco

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 97.- El caserío.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El caserío es una explotación agrícola o ganadera familiar constituida por una casa de labor, con diversos elementos muebles, semovientes, derechos de explotación, maquinaria, instalaciones y una o varias heredades, tierras o montes. Estas tierras o heredades pueden o no estar contiguos a la casa de labor y reciben la denominación de pertenecidos del caserío.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-2015 en vigor desde 03-10-2015