Articulo 91 Reglamento de...es Locales

Articulo 91 Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales

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Artículo 91.

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Los Estatutos de la Empresa determinarán la competencia de cada uno de dichos órganos y la forma de designación y funcionamiento de los dos últimos.

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  • Texto Original. Publicado el 15-07-1955 en vigor desde 04-08-1955