Articulo 91 Ordenación, s...de crédito

Articulo 91 Ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito

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Artículo 91. Clasificación de infracciones.

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Las infracciones se clasifican en muy graves, graves y leves.

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  • Texto Original. Publicado el 27-06-2014 en vigor desde 28-06-2014