Articulo 90 Ley de Sociedades de Capital
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»Artículo 90. Participaciones sociales y acciones.
Las participaciones sociales en la sociedad de responsabilidad limitada y las acciones en la sociedad anónima son partes alícuotas, indivisibles y acumulables del capital social.
Modificaciones
- Modificación realizada por Correccion de errores del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
(BOE de 30-08-2010) en vigor desde 01-09-2010 - Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 01-09-2010