Articulo 9 Registro Administrativo de parejas estables no casadas
Artículo 9. Solicitud de práctica de asientos.
1. La inscripción se solicitará por escrito, conjuntamente por ambos miembros de la pareja, mediante instancia dirigida al Director General de Interior conforme al modelo que figura como Anexo del presente Decreto, a la que se acompañará la documentación siguiente:
a) Copia de los documentos identificativos de los solicitantes.
b) Certificación o fe de estado civil de los mismos.
c) Certificación del Padrón Municipal que acredite la vecindad administrativa de los solicitantes en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
d) Declaración de no ser miembro de otra pareja estable no casada.
e) Declaración de no tener una relación de parentesco por consanguinidad o adopción, en línea recta o línea colateral en segundo grado.
f) Escritura pública relativa a la constitución de la Pareja estable no casada, acta de notoriedad, documento judicial o cualquier otro medio de prueba acreditativo de la convivencia.
2. Las notas marginales se practicarán a solicitud conjunta de ambos miembros de la pareja, que irá acompañada de la documentación que acredite los hechos que se pretenden hacer constar en el Registro.
3. Las solicitudes de cancelación de una inscripción de pareja de hecho se podrán formular conjuntamente por ambos miembros o unilateralmente por uno solo de ellos.
4. Las solicitudes se dirigirán al Registro de Parejas Estables no Casadas, presentándose directamente en el mismo o ante cualquiera de los órganos y por los medios previstos en la legislación de procedimiento administrativo común.