Articulo 88 Derecho civil vasco
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 88.- Ámbito territorial.
1.- El Derecho civil propio del valle de Ayala rige en los términos municipales de Ayala, Amurrio y Okondo, y en los poblados de Mendieta, Retes de Tudela, Santacoloma y Sojoguti del municipio de Artziniega.
2.- Las posteriores modificaciones administrativas en los términos municipales enumerados no alterarán el Derecho civil aplicable.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-07-2015 en vigor desde 03-10-2015