Articulo 88 atención a la...s derechos

Articulo 88 atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 88. Plan de implantación de la accesibilidad en los medios de transporte.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en el ámbito de sus competencias, mantendrá en su planificación sobre el transporte o movilidad sostenible las previsiones sobre accesibilidad universal de los medios de transporte destinados al transporte público de viajeros y viajeras.