Articulo 83 Ley de Expropiación Forzosa
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 83.
La determinación de la indemnización que preceda abonar por la ocupación temporal de inmuebles por causa de excavaciones arqueológicas se verificará con arreglo a lo dispuesto en el capítulo séptimo de este título.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-12-1954 en vigor desde 17-04-1955