Articulo 83 Ley de Expropiación Forzosa

Articulo 83 Ley de Expropiación Forzosa

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Artículo 83.

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La determinación de la indemnización que preceda abonar por la ocupación temporal de inmuebles por causa de excavaciones arqueológicas se verificará con arreglo a lo dispuesto en el capítulo séptimo de este título.

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  • Texto Original. Publicado el 17-12-1954 en vigor desde 17-04-1955