Articulo 82 atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 82. Mobiliario y elementos de información.
Las características del mobiliario fijo y de los elementos de información y comunicación, así como la disposición de los mismos, permitirán su uso por las personas con discapacidad. La disposición de los mismos en ningún caso podrá constituir un obstáculo al itinerario accesible.