Articulo 803 terf Ley de Enjuiciamiento Criminal
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»Artículo 803 ter f. Competencia.
Será competente para el conocimiento del procedimiento de decomiso autónomo:
a) el juez o tribunal que hubiera dictado la sentencia firme,
b) el juez o tribunal que estuviera conociendo de la causa penal suspendida, o
c) el juez o tribunal competente para el enjuiciamiento de la misma cuando ésta no se hubiera iniciado, en las circunstancias previstas en el artículo 803 ter e.
Modificaciones
- Modificación realizada ( ) por Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales.
(BOE de 06-10-2015) en vigor desde 06-12-2015 - Texto Original. Publicado el 17-09-1882 en vigor desde 06-12-2015