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Articulo 8 Suscripción de convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas

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Artículo 8. Aplicación supletoria de la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social.

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Las previsiones relativas a la suscripción del convenio especial y a los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar, contenidas en los artículos 4.2 y 8.1 de la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, resultarán de aplicación al convenio especial regulado en esta orden.

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  • Texto Original. Publicado el 01-05-2024 en vigor desde 01-06-2024