Articulo 8 Reglamento gen... de la AGE

Articulo 8 Reglamento general de ingreso de personal y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de funcionarios civiles de la AGE

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Artículo 8. Aprobación.

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1. La oferta de empleo público será aprobada, en su caso, por el Gobierno a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas con informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda, en el primer trimestre de cada año.

2. Excepcionalmente, cuando existan necesidades urgentes de incorporaciones de personal, el Gobierno podrá aprobar ofertas de empleo público para ámbitos administrativos específicos.