Articulo 8 2018 PGE
Artículo 8. Créditos vinculantes.
Uno. Durante la vigencia de estos presupuestos se considerarán vinculantes los siguientes créditos de los presupuestos del Estado, Organismos Autónomos y resto de entidades del sector público administrativo estatal con presupuesto limitativo:
1. Los créditos consignados para atender obligaciones de ejercicios anteriores, con el nivel de desagregación económica con que aparezcan en los estados de gastos.
2. Los créditos 162.00 «Formación y perfeccionamiento del personal» y 162.04 «Acción Social».
3. El crédito 221.09 «Labores de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre».
Dos. Durante la vigencia de estos presupuestos se considerarán vinculantes los siguientes créditos:
1. En el presupuesto de la Sección 13 «Ministerio de Justicia», vinculará a nivel de subconcepto el crédito 13.02.112A.227.11 «Para programas de atención a víctimas del delito y de lucha contra la criminalidad y demás fines previstos en la disposición adicional sexta de la Ley de Enjuiciamiento Criminal» y el crédito 13.02.112A.227.12 «Para toda clase de gastos derivados del funcionamiento y gestión de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA)».
2. En el presupuesto de la Sección 16 «Ministerio del Interior», vinculará a nivel de subconcepto el crédito 16.03.132A.221.10 «A la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre por afectación de las tasas del DNI y pasaportes».
3. En el presupuesto de la Sección 19 «Ministerio de Empleo y Seguridad Social», vincularán a nivel de concepto, los créditos 19.01.291M.207 «Arrendamientos de edificios PSA», 19.01.291M.628 y 19.01.291M.638 «Patrimonio Sindical Acumulado».
4. En el Presupuesto de la Sección 20 «Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital», vincularán a nivel de capítulo, con excepción de las dotaciones que identifiquen perceptor o beneficiario, y sin perjuicio de su especificación a nivel de concepto en los estados de gasto, los créditos presupuestarios consignados en el capítulo 7 «Transferencias de capital», para el Servicio 12 «Secretaria de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital», programa 467G «Investigación y Desarrollo de la Sociedad de la Información» y 467I «Innovación tecnológica de las telecomunicaciones».
5. En el presupuesto de la Sección 23 «Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente», vincularán a nivel de concepto el crédito 23.05.452A.615 «Inversiones en actuaciones medioambientales y PIMA ADAPTA. Actuaciones financiadas con ingresos procedentes de subastas de derechos de emisión», el crédito 23.06.456D.614 «PIMA ADAPTA Costas. Actuaciones financiadas con ingresos procedentes de subastas de derechos de emisión» y el crédito 23.17.415A.641 «PIMA ADAPTA Reservas Marinas. Actuaciones financiadas con ingresos procedentes de subastas de derechos de emisión».
En el presupuesto del organismo 23.101 «Parques Nacionales», vinculará a nivel de concepto el crédito 23.101.456C.603 «Plan PIMA ADAPTA. Actuaciones financiadas con ingresos procedentes de subastas de derechos de emisión».
6. En el presupuesto de la Sección 26 «Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad», vinculará a nivel de subconcepto el crédito 26.18.231A.227.11 «Para actividades de prevención, investigación, persecución y represión de los delitos relacionados con el tráfico de drogas y demás fines a que se refiere la Ley 17/2003, de 29 de mayo».
7. En el presupuesto del organismo 27.107 «Instituto de Salud Carlos III», vinculará a nivel de capítulo, con excepción de las dotaciones que identifiquen perceptor o beneficiario y sin perjuicio de su especificación a nivel de concepto en los estados de gasto, los créditos presupuestarios consignados en el capítulo 7 «Transferencias de capital» para el programa 465A «Investigación Sanitaria».
8. En el Presupuesto del organismo 27.303 «Agencia Estatal de Investigación», vincularán a nivel de capítulo los créditos consignados en el Capítulo 7 «Transferencias de Capital» para el programa 463B «Fomento y coordinación de la investigación científica y técnica».
- Texto Original. Publicado el 04-07-2018 en vigor desde 05-07-2018