Articulo 77 Medidas 2003 fiscales, administrativas y del orden social
Artículo 77. Modificación de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990.
Entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) . Se modifica el párrafo a) del apartado dos del artículo 82 de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990, conforme a la redacción dada al mismo por la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, que tendrá la siguiente redacción.
«a) Ordenación, dirección, coordinación, explotación, conservación y administración de los aeropuertos públicos de carácter civil, aeródromos, helipuertos y demás superficies aptas para el transporte aéreo cuya gestión se le encomiende y de los servicios afectos a los mismos; la coordinación, explotación, conservación y administración de las zonas civiles de las bases aéreas abiertas al tráfico civil.»
El resto del artículo permanece con la misma redacción.
- Texto Original. Publicado el 31-12-2003 en vigor desde 01-01-2004