Articulo 732 TR. Ley Concursal

Articulo 732 T.R. Ley Concursal

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Artículo 732. Regla general.

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Excepto en lo previsto en este capítulo, el concurso territorial se regirá por las mismas normas que el concurso principal.

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  • Texto Original. Publicado el 07-05-2020 en vigor desde 01-09-2020