Articulo 714 Código civil
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»Artículo 714
Para la apertura y protocolización del testamento cerrado se observará lo previsto en la legislación notarial.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria.
(BOE de 03-07-2015) en vigor desde 23-07-2015
Conceptos Jurídicos
- Concepto Jurídico de: Testamento cerrado
- Concepto Jurídico de: Testamento