Articulo 71 TR de la ley ...ión social

Articulo 71 TR. de la ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social

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Artículo 71. Medidas de innovación y desarrollo de normas técnicas.

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1. Las administraciones públicas fomentarán la innovación e investigación aplicada al desarrollo de entornos, productos, servicios y prestaciones que garanticen los principios de inclusión, accesibilidad universal, diseño para todas las personas y vida independiente en favor de las personas con discapacidad. Para ello, promoverán la investigación en las áreas relacionadas con la discapacidad en los planes de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i).

2. Asimismo, facilitarán y apoyarán el desarrollo de normativa técnica, así como la revisión de la existente, de forma que asegure la no discriminación en procesos, diseños y desarrollos de tecnologías, productos, servicios y bienes, en colaboración con las entidades y organizaciones de normalización y certificación y todos los agentes implicados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-12-2013 en vigor desde 04-12-2013