Articulo 71 Ley del Impuesto sobre la renta de las personas físicas -IRPF-
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»Artículo 71. Normas comunes aplicables para la determinación del gravamen autonómico.
Para la determinación del gravamen autonómico se aplicarán las normas relativas a la sujeción al impuesto y determinación de la capacidad económica contenidas en los Títulos I, II, III, IV y V de esta Ley, así como las relativas a la tributación familiar y regímenes especiales, contenidas en los Títulos IX y X de esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-11-2006 en vigor desde 01-01-2007