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Articulo 7 Revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes

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Artículo 7. Tipos de cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

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En el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, los tipos de cotización serán, a partir del 1 de enero de 2019, los siguientes:

a) Para las contingencias comunes, el 28,30 por ciento.

b) Para las contingencias profesionales, el 0,9 por ciento, del que el 0,46 por ciento corresponde a la contingencia de incapacidad temporal y el 0,44 a la de Incapacidad permanente, muerte y supervivencia.

c) Por cese de actividad, el 0,7 por ciento.

d) Por formación profesional, el 0,1 por ciento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2018 en vigor desde 01-01-2019