Articulo 693 Ley de Enjui...o Criminal

Articulo 693 Ley de Enjuiciamiento Criminal

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 693

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Presidente hará las preguntas mencionadas en los artículos anteriores con toda claridad y precisión, exigiendo contestación categórica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-09-1882 en vigor desde 15-10-1882