Articulo 69 Estatuto Gene...a Española

Articulo 69 Estatuto General de la Abogacía Española

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 69. Colaboración con otras Administraciones Públicas.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los Colegios de la Abogacía cooperarán lealmente con las Administraciones públicas españolas y con las autoridades competentes de otros Estados miembros de la Unión Europea en el marco de sus competencias.