Articulo 68 Ley de Expropiación Forzosa
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»Artículo 68.
Los precios máximos y mínimos del proyecto referentes a polígonos o grupos sobre los que no se hubiese suscitado discordias serán acordados como firmes por la Administración.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-12-1954 en vigor desde 17-04-1955