Articulo 63 Ley de Propiedad Intelectual

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Artículo 63. Excepciones al artículo 60.6.º

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La limitación del plazo prevista en el apartado 6.º del artículo 60 no será de aplicación a las ediciones de los siguientes tipos de obras:

1.º Antologías de obras ajenas, diccionarios, enciclopedias y colecciones análogas.

2.º Prólogos, epílogos, presentaciones, introducciones, anotaciones, comentarios e ilustraciones de obras ajenas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-04-1996 en vigor desde 23-04-1996