Articulo 6259 Código Civil de Cataluña

Articulo 6259 Código Civil de Cataluña

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 625-9. Constancia expresa de las obligaciones

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


En el contrato de integración deben constar expresamente las obligaciones asumidas por cada una de las partes respecto a:

a) El suministro de los alimentos, los productos zoosanitarios, los servicios de atención veterinaria y los demás bienes o servicios que sean precisos para la producción, en las condiciones de calidad y sanidad adecuadas.

b) La dirección y la gestión sanitaria de la explotación.

c) El cumplimiento de las obligaciones de bienestar y sanidad animal exigidas por la normativa sectorial, de los programas de actuación agroambientales y de las buenas prácticas ganaderas.

d) La gestión de las deyecciones ganaderas establecida por el correspondiente plan de gestión, así como de los otros subproductos ganaderos o residuos generados por la explotación y el coste que se deriva, de acuerdo con la normativa sectorial aplicable.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 01-01-2018