Articulo 6241 Código Civil de Cataluña

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Artículo 624-1. Concepto

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Por el contrato de violario, una persona se obliga a pagar a otra una pensión periódica en dinero durante la vida de una o más personas que vivan en el momento de la constitución.

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  • Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 01-01-2018