Artículo 62168 Código Civil de Cataluña

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Artículo 621-68. Objeto

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1. Se entiende por contenidos y servicios digitales lo que establece el artículo 621-3.2.

2. Las normas de la presente sección también se aplican a todo soporte material que sirva exclusivamente como portador de contenidos digitales, salvo lo que establecen los artículos 621-69 y 621-77.1.