Articulo 6 Desarrollo del... contrato-

Articulo 6 Desarrollo del art. 8.5, del ET -información al trabajador sobre elementos esenciales del contrato-

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Artículo 6. Plazos de información.

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1. La información general a que se refiere el artículo 2 deberá ser facilitada por el empresario al trabajador en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de comienzo de la relación laboral.

2. La información adicional a que se refiere el artículo 3 deberá ser facilitada por el empresario al trabajador antes de su partida al extranjero.

3. La información sobre las modificaciones a que se refiere el artículo 4 deberá ser entregada por el empresario al trabajador en el plazo de un mes a contar desde la fecha en que la modificación sea efectiva.

4. No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, si la relación laboral se extinguiera antes del transcurso de los plazos indicados, el empresario deberá facilitar la información al trabajador antes de la fecha de extinción del contrato de trabajo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-08-1998 en vigor desde 12-08-1998