Articulo 6 desarrolla la ... acusticas

Articulo 6 desarrolla la Ley 37/2003, del Ruido, en lo referente a zonificacion acustica, objetivos de calidad y emisiones acusticas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 6. Revisión de las áreas de acústicas.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La delimitación de las áreas acústicas queda sujeta a revisión periódica, que deberá realizarse, como máximo, cada diez años desde la fecha de su aprobación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-10-2007 en vigor desde 24-10-2007