Articulo 6 Compatibilidad del IMV con los ingresos procedentes de rentas del trabajo o de la actividad económica por cuenta propia
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»Artículo 6. Evaluación.
Los efectos de la compatibilidad regulada en este real decreto sobre la participación de las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital en el mercado laboral serán evaluados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de manera bienal.