Articulo 57 Protección de...corrupción

Articulo 57 Protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción

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Artículo 57. Organización interna.

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El régimen de organización y funcionamiento interno de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., se regirá por lo dispuesto en su Estatuto y en el Reglamento de funcionamiento interno.