Articulo 57 Medidas de respuesta a consecuencias de la Guerra de Ucrania y transposición de Directivas en materia de sociedades y conciliación
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»Artículo 57. Operación asimilada a la fusión.
También constituye una fusión la operación mediante la cual una sociedad se extingue transmitiendo en bloque su patrimonio a la sociedad que posee la totalidad de las acciones, participaciones o cuotas correspondientes a aquélla.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-2023 en vigor desde 30-06-2023