Articulo 55 Igualdad efectiva de mujeres y hombres
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»Artículo 55. Informe de impacto de género en las pruebas de acceso al empleo público.
La aprobación de convocatorias de pruebas selectivas para el acceso al empleo público deberá acompañarse de un informe de impacto de género, salvo en casos de urgencia y siempre sin perjuicio de la prohibición de discriminación por razón de sexo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-03-2007 en vigor desde 24-03-2007