Articulo 544 T.R. Ley Concursal
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»Artículo 544. Recursos contra resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia.
Los recursos contra las resoluciones dictadas por el Letrado de la Administración de Justicia en el concurso serán los mismos que prevé la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y se sustanciarán en la forma que en ella se determina.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-05-2020 en vigor desde 01-09-2020