Articulo 5423 Código Civil de Cataluña

Articulo 5423 Código Civil de Cataluña

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 542-3. Adquisición

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las plantaciones, cultivos y edificaciones que estén incluidos en una finca pertenecen a los propietarios de la finca por derecho de accesión inmobiliaria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003