Articulo 5324 Código Civil de Cataluña
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 532-4. Renuncia
1. El derecho real se extingue si los titulares, unilateral y espontáneamente, renuncian al mismo.
2. La renuncia hecha en fraude de acreedores de los renunciantes o en perjuicio de los derechos de terceros es ineficaz.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003